Diversas tiendas comerciales han adoptado el sistema de crédito por medio de “vales”.
Para ello, constituyen una red de “distribuidoras”, que en la mayoría de los casos son amas de casa, que, por la necesidad de los ingresos económicos para el sostenimiento del hogar, acuden al canto de las sirenas, que suena a, no es un empleo, no tendrás patrón, no tendrás horario de entrada y salida, y tampoco tendrás un sueldo limitado, sino que ganaras todo lo que puedas generar con tú habilidad de venta, y para poder ser distribuidora firman contratos abusivos, pagares en blanco Y DEJAN UNA CASA COMO GARANTÍA, cumplido estos requisitos y garantizada la relación, las tiendas comerciales le entregan uno o más bloques de vales para que salgan a distribuirlos.
Cada una de las distribuidoras empiezan con su block de vales a entregarlos, entre las personas de sus círculos sociales, sin un estudio socioeconómico, sin saber si cuenta o no con una relación laboral o fuente de ingresos estable, el tiempo y domicilio que tiene en esa relación laboral o fuente de ingresos, si tiene o no más deudas que le impidan cumplir con el pago del vale, y sin dejar ninguna de garantía, salvo la palabra, situaciones que nada le importan a la tienda comercial, pues está ya se previno garantizándose su pago con el contrato, pagare en blancos, y la casa dejada previamente en garantía.
Y es cuando le empiezan a incumplir con los pagos a la promotora, cuando las tiendas comerciales, actúan en contra de “su distribuidora”:
- Les retienen de manera unilateral el pago de sus comisiones (se cobran el adeudo de los vales distribuidos y que no fueron pagados).
- Les incrementan con penalizaciones, gastos de cobranza e intereses moratorios, usualmente cada cinco días actualizan el incremento de estos conceptos, lo que convierte la deuda de un mes, en impagable.
- Las acosan con sus gestores y despachos de cobranza por el pago de los vales que no fueron pagados, y es tanto el acoso que el primer beneficio económico que percibe la empresa, es formalizar convenios de pago, capitalizando las penalizaciones -ejemplo, una deuda total de vales que no fueron pagados, asciende a la cantidad de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MN) más la penalización de $1,200.00, multiplicado por cada 5 días que pasaron sin haber liquidado, ejemplo 60 días, equivale a 12 veces $1,200.00, lo que da un total de $14,400.00 (CATORCE MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MN), entonces firman el convenio por la cantidad de $24,400.00 (VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 MN), cantidad está a la que se le aplicarán los porcentajes de la pena, que por ser mayor la deuda, mayor serán las cantidades de la pena.
- Son demandadas de pago en juicio y seguidos el proceso, en algunos casos, pierden la casa dejada en garantía.
- Además de todo lo anterior, el estrés y presión psicológica que afecta no solo directamente a la distribuidora, sino trasciende su familia y personas cercanas.
Estos son solo algunas de las situaciones que viven día a día las distribuidoras, cuyos clientes le quedaron mal en sus pagos, la empresa tiene a sus abogados contratados para que se ocupen del cobro y juicio, es por eso, que Recomendamos la contratación de un abogado que conozca sobre el tema y pueda defenderla desde las primeras omisiones de pago que le afectaron.
Estamos a sus servicios en nuestros medios de contacto.
“Carne de cañón es una frase hecha que hace referencia a la persona o grupo de personas, normalmente pertenecientes a una muy baja posición social, a las que se expone sin miramientos a sufrir cualquier clase de daño”
